El reglamento del Mecanismo de Coordinación País Ecuador, aprobado en 2020, en el artículo 19 literal c, establece que: “la representación de titulares y suplentes seleccionados por mecanismo de votación tendrá una vigencia de 3 años. Las personas que ha ocupado cargo de principal y alterno podrá se reelectas por un período”. Las palabras del Presidente del MCP ECUADOR Juan Pablo Mayorga haciendo clic AQUÍ

